Ve con un Notario para redactarlo. Normalmente no necesitas testigos, salvo que no puedas firmar, leer, o tengas alguna discapacidad.
Llena un sencillo formulario, que puedes tener lleno desde antes, aqui lo dejamos un modelo anexo.
Quién recibe tus bienes y en qué porcentaje.
Nombrar un albacea (quien administrará y entregará tus bienes).
Puedes designar tutores para cuidar de tus hijos si son menores.
Puedes incluir instrucciones específicas para mantener todo organizado y claro.
El Notario guarda el original.
Tú te quedas con una copia.
Si pierdes tu copia, el Notario puede darte otra.
Tu familia tendrá que hacer trámites más complicados, ya sea con un Notario o en un juzgado.
Un juez o notario decidirá quién hereda y no necesariamente será quien tú querías o quien es el mejor para recibir la herencia.
Invariablemente esto puede generar conflictos en tu familia, pues la ley indica un orden específico de quién hereda y cuánto recibe cada quien y normalmente NO es equitativa entre hermanos, hijos, padres, etc.
Presentar el testamento y acta de defunción al Notario.
El Notario confirma que todo esté en orden.
Es una persona que administrará temporalmente tus bienes.
Debe hacer un inventario y entregar los bienes como dice el testamento.
Necesita aprobación de tus herederos para administrar y entregar los bienes.
Su trabajo dura máximo un año, salvo excepciones.
Debe rendir cuentas claras a los herederos.
Para dinero o bienes pequeños no se paga impuestos extra.
Si reciben propiedades (casas, terrenos, oficinas) sí pagan un impuesto, cuyo monto depende del valor del bien.
Todo esto se realiza ante un Notario.
Existen descuentos en el costo del testamento gracias a acuerdos con el gobierno.
Hacer testamento no atrae la muerte, ¡más bien te da tranquilidad!
Evita problemas y vive con tranquilidad.