Es un pago adicional que se hará a tu póliza para cubrir un riesgo más grande de lo normal. Este puede ser por una causa médica u ocupacional o esto puede ocurrir porque el asegurado realiza actividades que tiene un alto riesgo.
La extraprima tambien es por determinados padecimientos u ocupaciones que por su naturaleza influyan en la agravación del riesgo, de acuerdo al proceso de selección que se lleva a cabo con motivo de la Solicitud del Seguro. Aplica el mismo derecho de expedir Endosos al momento de rehabilitar una Póliza o en caso de cambio de producto
La extraprima tambien puede pasar durante la renovacion y en ella existiera una agravación del riesgo derivada del cambio de ocupación o actividad del Asegurado, éste debe dar aviso inmediato por escrito, para seguir con sus coberturas normales.
En caso de que el Asegurado no dé aviso y no exista extraprima, el Seguro no tendrá obligación de cubrir gasto alguno por reclamaciones que se originen por el desempeño de la nueva ocupación y/o actividad, aunque ésta no haya influido en la realización del Siniestro.
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